RESICO o actividad empresarial, el régimen que más le conviene a las personas físicas en 2027

En 2027, el RESICO para personas físicas se vuelve más atractivo: el límite de ingresos sube de $3.5 a $5 millones y se flexibiliza el reingreso, mientras que el régimen de actividad empresarial mantiene ventajas en deducciones y crecimiento. La elección depende de tu perfil: simplicidad y ahorro inmediato vs. flexibilidad y expansión.
El régimen fiscal que elijas puede ser tu mejor aliado… o tu mayor carga. En 2027, las personas físicas enfrentan una decisión clave: ¿conviene más el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) o el régimen de actividad empresarial?
Contexto
En México, las personas físicas pueden tributar bajo distintos esquemas. La elección depende de factores como ingresos, tipo de actividad y objetivos financieros. El Paquete Económico 2027 introduce cambios que hacen al RESICO más atractivo, pero no elimina las ventajas del régimen de actividad empresarial.
RESICO persona física en 2027

Cambios relevantes:
Límite de ingresos: pasa de $3.5 a $5 millones anuales:
Antes, si tus ingresos como persona física superaban los $3.5 millones, quedabas fuera del RESICO. Ahora el tope sube a $5 millones.
👉 Ejemplo: Si tu negocio factura $4.2 millones al año, en 2026 no podías entrar al RESICO, pero en 2027 sí, con todos sus beneficios de simplificación y tasas reducidas.
ISR: se mantienen tasas preferenciales de 1 % a 2.5 % sobre ingresos efectivamente cobrados:
En lugar de aplicar la tarifa general de ISR (que puede llegar hasta 35 %), RESICO te permite pagar una tasa fija baja, dependiendo del nivel de ingresos.
👉 Ejemplo: Si cobras $100,000 en un mes, tu impuesto podría ser solo $1,000 a $2,500, en vez de calcularlo con tablas progresivas más altas.
IVA simplificado: opción de calcular un 7 % sobre operaciones cobradas, sin acreditar IVA de compras.
Normalmente, el IVA implica acreditar el impuesto de tus compras contra el de tus ventas, lo cual requiere contabilidad detallada. Con RESICO, puedes optar por pagar un 7 % directo sobre lo que cobras, sin meterte en cálculos de acreditación.
👉 Ejemplo: Si cobras $50,000 en un mes, tu IVA sería $3,500, sin necesidad de llevar un control minucioso de facturas de gastos.
Reingreso: se elimina la prohibición de reincorporarse tras incumplimientos, permitiendo volver al régimen una vez regularizada la situación.
Antes, si incumplías obligaciones (por ejemplo, no presentar declaraciones), quedabas fuera del RESICO y no podías volver. En 2027 se flexibiliza: si regularizas tu situación, puedes reincorporarte.
👉 Ejemplo: Si olvidaste presentar tu declaración en 2026 y te sacaron del régimen, ahora podrás regresar una vez que cumplas con lo pendiente.
✅ Ventajas del RESICO
Menos trámites: no necesitas llevar contabilidad compleja ni presentar tantas declaraciones informativas.
Declaraciones simplificadas: se enfocan en lo efectivamente cobrado y pagado.
Ahorro inmediato en ISR: tasas bajas que protegen tu liquidez.
⚠️ Limitaciones
Sin deducciones amplias: no puedes restar gastos grandes como inversiones o compras, lo cual sí permite el régimen de actividad empresarial.
Tope de ingresos: si superas los $5 millones, automáticamente quedas fuera.

🚫 Personas físicas que NO pueden estar en RESICO
Socios, accionistas o integrantes de personas morales Si eres dueño o socio de una empresa constituida como persona moral, no puedes tributar en RESICO.
Residentes en el extranjero con ingresos en México Los extranjeros que generan ingresos en territorio nacional no pueden optar por este régimen.
Quienes perciban ingresos por sueldos y salarios Si tu principal fuente de ingresos es un empleo asalariado, no puedes tributar en RESICO.
Personas físicas con ingresos por honorarios a partidos políticos, sindicatos o asociaciones Estos ingresos están expresamente excluidos.
Quienes realicen actividades relacionadas con bienes raíces como arrendamiento de inmuebles El arrendamiento no entra en RESICO, debe tributar en el régimen correspondiente.
Contribuyentes que superen el límite de ingresos Si tus ingresos anuales exceden los $5 millones (a partir de 2027), quedas fuera automáticamente.
Personas físicas que ya tributen en regímenes especiales Por ejemplo, quienes obtienen ingresos por plataformas digitales, actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras bajo regímenes específicos.
📌 Ejemplo práctico
En el siguiente ejemplo puedes observar la comparación de una persona fisica RESICO contra una en el régimen de Actividad Empresarial y profesional.
Observa que las personas fisicas RESICO no se consideran deducciones, se aplica directamente una tasa preferencial de entre 1 % y 2.5 % sobre lo efectivamente cobrado. En este ejemplo, con $15,000 cobrados y una tasa de 1.5 %, el ISR es solo $225.
Por su parte la persona fisica en el régimen de Actividad empresarial y profesional, resta las deducciones autorizadas pagadas en el mes por $5,000, la base gravable queda en $10,000, aplica la tarifa general de ISR progresiva (que puede llegar hasta 35 %).En este ejemplo, con una tasa aproximada del 21.36 %, el ISR a pagar en el mes es de $2,136.
Concepto | Persona Física RESICO | Persona Física Actividad Empresarial y Profesional |
Ingresos acumulables cobrados en el mes | $15,000 | $15,000 |
(-) Deducciones autorizadas | No aplican | $5,000 |
Base gravable | $15,000 | $10,000 |
ISR aplicable | Tasa preferencial RESICO (ejemplo 1.5 %) → $225 | Tarifa general ISR progresiva (ejemplo: 21.36 % sobre $10,000) → $2,136 |
ISR a pagar | $225 | $2,136 |
📌 En resumen: RESICO es ideal para personas físicas con ingresos moderados que buscan simplicidad y liquidez inmediata
Régimen de actividad empresarial

✅ Ventajas:
Flexibilidad para deducir gastos e inversiones:
Este régimen permite restar de tus ingresos los gastos necesarios para operar tu negocio: renta de oficina, sueldos, compras de mercancía, equipo, incluso inversiones en maquinaria.
👉 Ejemplo: Si facturas $1,000,000 en el año pero gastas $400,000 en sueldos y equipo, solo pagarás impuestos sobre $600,000.
Sin límite de ingresos.
A diferencia del RESICO, aquí no existe un tope. Puedes facturar $10 millones o más y seguir dentro del régimen.
👉 Ejemplo: Si tu negocio crece rápidamente y supera los $5 millones, este régimen te permite continuar sin restricciones.
Adecuado para quienes proyectan crecimiento sostenido.
Si tu plan es expandir tu empresa, contratar más personal o invertir en infraestructura, este régimen es más conveniente porque aprovechas las deducciones y no te limita en ingresos.
⚠️Retos:
Declaraciones más complejas.
Aquí sí necesitas llevar una contabilidad completa: registrar ingresos, gastos, inversiones, depreciaciones, etc. Esto implica contratar un contador o dedicar tiempo a sistemas contables.
👉 Ejemplo: No basta con declarar lo que cobraste; debes presentar estados financieros y cumplir con obligaciones adicionales como DIOT (informativa de IVA).
Mayor carga administrativa y fiscal.
Al tener más obligaciones, también hay más riesgo de multas si olvidas presentar declaraciones o si tu contabilidad no está en orden.
👉 Ejemplo: Si no presentas tu declaración informativa de IVA, el SAT puede sancionarte, aunque hayas pagado tus impuestos correctamente.
📌 Ejemplo práctico
En el siguiente ejemplo puedes observar la comparación de una persona fisica RESICO contra una en el régimen de Actividad Empresarial y profesional.
Concepto | Persona Física RESICO | Persona Física Actividad Empresarial y Profesional |
Ingresos acumulables cobrados en el mes | $15,000 | $15,000 |
(-) Deducciones autorizadas | No aplican | $14,000 |
Base gravable | $15,000 | $1,000 |
ISR aplicable | Tasa preferencial RESICO (ejemplo 1.5 %) → $225 | Tarifa general ISR progresiva (ejemplo: 21.36 % sobre $1,000) → $214 |
ISR a pagar | $225 | $214 |
En el RESICO, el impuesto se calcula directamente sobre los ingresos cobrados, sin deducciones, lo que da un pago fijo de $225. En el régimen de actividad empresarial, las deducciones reducen la base gravable a solo $1,000, y aunque la tarifa es más alta, el impuesto final resulta menor: $214.

Esto muestra que cuando las deducciones son muy significativas, el régimen de actividad empresarial puede ser más conveniente que RESICO, incluso frente a sus tasas reducidas.
📌 El régimen de actividad empresarial es ideal para quienes tienen gastos significativos que pueden deducir y para negocios en expansión que superan el límite del RESICO. Aunque implica más trámites y responsabilidades, ofrece la ventaja de optimizar impuestos mediante deducciones y de crecer sin restricciones de ingresos.
Comparativa rápida
Aspecto | RESICO PF 2027 | Actividad empresarial |
Límite de ingresos | $5 millones | Sin límite |
ISR | 1–2.5 % sobre ingresos cobrados | Tarifa general progresiva |
IVA | Opción simplificada 7 % | Régimen general con acreditación |
Deducciones | No aplican | Amplias y flexibles |
Trámites | Simplificados | Complejos |
Perfil ideal | PYMES y profesionales que buscan liquidez y simplicidad | Negocios en expansión con gastos deducibles elevados |
Conclusiones
No existe un régimen único para todos, pero sí uno que maximiza tus beneficios. Si buscas simplicidad y ahorro inmediato, RESICO es tu aliado en 2027. Si tu negocio proyecta crecimiento y requiere deducciones, el régimen de actividad empresarial sigue siendo la mejor opción.
👉 En Tributalia te ayudamos a analizar tu perfil y elegir el régimen que más te conviene para aprovechar al máximo las oportunidades fiscales en 2027.

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